Restricción de zonas comunes a morosos en propiedad horizontal
¿Se puede restringir el uso de zonas comunes a morosos en Propiedad Horizontal?
Artículo 59. Clases de sanciones por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias
El incumplimiento de las obligaciones no pecuniarias que tengan su consagración en la ley o en el reglamento de propiedad horizontal, por parte de los propietarios, tenedores o terceros por los que estos deban responder en los términos de la ley, dará lugar, previo requerimiento escrito, con indicación del plazo para que se ajuste a las normas que rigen la propiedad horizontal, si a ello hubiere lugar, a la imposición de las siguientes sanciones:
1. Publicación en lugares de amplia circulación de la edificación o conjunto de la lista de los infractores con indicación expresa del hecho o acto que origina la sanción.
2. Imposición de multas sucesivas, mientras persista el incumplimiento, que no podrán ser superiores, cada una, a dos (2) veces el valor de las expensas necesarias mensuales, a cargo del infractor, a la fecha de su imposición que, en todo caso, sumadas no podrán exceder de diez (10) veces las expensas necesarias mensuales a cargo del infractor.
3. Restricción al uso y goce de bienes de uso común no esenciales, como salones comunales y zonas de recreación y deporte.
PARÁGRAFO. En ningún caso se podrá restringir el uso de bienes comunes esenciales o de aquellos destinados a su uso exclusivo.
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Un punto importante que nunca se trata en estos temas sobre las sanciones o restricciones a los deudores morosos es si estas restricciones deben ir en el reglamento y si no está... pueden ponerla de forma arbitraria el consejo o el administración para obligar al cobro de las cuotas?
El uso de zonas comunes solo se puede restringir por el incumplumiento de obligaciones NO pecuniarias.
La administración puede restringir la recolección de basuras a los morosos en los pagos ?
La corte constitucional dijo que las fotos multas eran Ilegales y las secretarias lo siguen haciendo para que sirve la corte.
El que esta en mora es el propietario del apartamento, pero este lo tiene arrendado a un tercero, ¿se le puede aplicar la restricción de las áreas comunes a los inquilinos de ese inmuebel en mora?
Que pasa si el parqueadero común es de uso exclusivo por escritura pública? Se puede bloquear su uso por mora?
Se necesita un corut de cuanto para colocar restrinciones a la entrada de los vehículos por Mora en espensas
Pregunta, el retroactivo se toma de la cuota plena de administración? pora el incremento anual. Y luego se le hace descuento por pronto pago. Gracias por su respuesta
Bdiias gracias por la información. Tengo una inquietud: el concejo de administración ni la administración quieren cumplir con su deber de velar por la sana convivencia y cada 8 días en el área común del BBQ hacen fiesta ocasionando CONTAMINACIÓN AUDITIVA y VISUAL en VIOLACIÓN DERECHOs fundamentales, hemos solicitado correctivos con PQR pero no dan respuesta ni hacen ningún correctivo en el manual de convivencia. Teniendo en cuenta que el pago de expensas comunes es por el uso de las mismas y por el derecho a la sana convivencia. Me permito solicitar si puedo dejar de pagar la administración o expensas comunes por no contar con la tranquilidad personal y familiar en el conjunto ni en mi unidad residencial? Agradezco su atención y respuesta.
¿El administrador está sellando los casilleros en la copropiedad, es licito?
Con relación al parqueo de motos, mirar la definición de "vehículo" en el Codigo de convivencia y seguridad ciudadana.
@A.S.Perger
Жыл бұрын
El código de convivencia es un saludo a la bandera. A nadie obliga. Lo que obliga es la ley (incluye las sentencias judiciales), el Reglamento de propiedad horizontal, y lo que ordene la asamblea siempre que sea ajustada a derecho.
Una pregunta: entonces la administración puede sacar a un niño de la piscina o de la zona de juegos? Esto me parece que puede generar otro tipo de problemas como demanda por discriminación o vulneración de los derechos de infante .
La administradora puede negar la posibilidad de participar en un sorteo de parqueadero a un moroso con acuerdo de pago firmado que se está cumpliendo y que en unperido pasado fue elegido como miembro del concejo de administrativo y aun siga activo como consejero el cual adquirió la deuda luego de ser elegido como consejero esto lo limita de participar
PREGUNTA Puede la Administración invadir con motos, bicicletas, carros de tintos, las Ares comunes? Gracias
Buenos días, tengo una pregunta en relación con los casilleros de los que se encuentran en las porterías: yo dejé un sobre para un vecino en el casillero y lo radiqué en la Bitácora de correspondencia. Al otro día pasé por el casillero de mi vecino y como él no recogió el sobre, yo le pedí al Portero que lo sacara del casillero y me lo devolviera. Eso es un delito?
Que buena pagiNA COMOHGO PARA SABER A TIEMPO CUNDO SON SUS PRESENTACIONES
Me pueden restringir las zonas comunes a los que no pagan la cuota extraordinaria?
Buenas tengo un carro y la administración me restrigio el acceso al conjunto por no pago de la cuota estraordinaria eso es legal
Por substracción de materia, si no hay la prestación del servicio "no debe haber lugar a pago alguno". Es así de sencillo.
Se puede impedir el ingreso de una motocicleta a un propietario con 15 meses de retraso de pago al administración del conjunto???
@jesusdavidm.quiroga4777
5 ай бұрын
Nojoda pensé que era 15 días, que más quieres? 😂
Y que de aquellos bienes comunes de uso exclusivo?? Por ejemplo, Se puede suspender los depósitos?
@A.S.Perger
Жыл бұрын
¿Doble sanción por un mismo hecho? Se puede pero... no se debe. Sería inconstitucional NO Es constitucional imponer doble sanción por un mismo hecho. No creo que la Corte haya fallado con un fallo en tal sentido como se expone en 5:30. No creo que a la Corte Constitucional se le olvido el principio "NON BIS IN IDEM". Es decir: No se debe poner doble sanción por un mismo hecho. La sanción para el moroso es el interés de mora sobre cada expensa incumplida.
¿Doble sanción por un mismo hecho? Se puede pero... no se debe. Sería inconstitucional. NO es constitucional imponer doble sanción por un mismo hecho. No creo que la Corte haya fallado con un fallo en tal sentido como se expone en 5:30. No creo que a la Corte Constitucional se le haya olvidado el principio "NON BIS IN IDEM". Es decir: No se debe poner doble sanción por un mismo hecho. La sanción para el deudor moroso es "el interés de mora" sobre cada expensa incumplida.
@seresasmontacargas6343
Жыл бұрын
EXACTO.
en relacion con los domicilios como se puede actuar en los morosos.
La cagaste ....cómo se te ocurre decir que es para la comunidad el parqueadero de visitantes!!!! La constructora lo hizo connel dinero de los futuros copropietarios y está demarcado en las linderos en planos y escritura .Hasta aquí ví el vídeo