Daño moral y carga dinámica de la prueba: Ya lo Dijo la Corte

Bajo la ponencia de la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat se resolvió el Amparo Directo en Revisión 5505/2017 relacionado con el daño mora y carga dinámica de la prueba.
Para conversar sobre el tema en #yalodijolacorte nos acompañan:
Irlanda Denisse Ávalos Núñez, Secretaria de Estudio y Cuenta, SCJN
Jorge Isaac Martínez Alcántar Secretario Auxiliar de Ponencia, SCJN

Пікірлер: 16

  • @FRINET2008
    @FRINET20084 ай бұрын

    En el derecho alemán, a la indemnización por daño moral, le llaman "El Dinero del Llanto".

  • @sergioberistain7208
    @sergioberistain72083 ай бұрын

    El daño moral debe basarse en la reparación de conductas reprobables y no nada más ilícitos, debe ser un derecho humano constitucional, un derecho fundamental regulado expresamente en la constitución y no indirectamente

  • @sergioberistain7208
    @sergioberistain72083 ай бұрын

    Por supuesto que la reparación integral del daño frente al principio limitado restitución de la ley de amparo es tarea pendiente de la SCJN. La carga dinámica de la prueba debe obligar a los jueces ante ciertos supuestos a diligencias y pruebas para mejor proveer, en búsqueda de la verdad posible facilidad, proximidad etc...

  • @eduardoavila6930
    @eduardoavila69304 ай бұрын

    Por eso es muy importante la interpretación de las normas jurídicas y de como se deben de argumentar en los juicios

  • @Juliancanan
    @Juliancanan3 ай бұрын

    Excelente programa. saludos.

  • @mariavillanueva9721
    @mariavillanueva97213 ай бұрын

    Muy interesante el tema, ya que estoy justamente en ese tema soy la parte actora en una denuncia por negligencia médica, fraude y lesiones y me gustaria ver si puedo exponer mis dudas al respecto, gracias

  • @anamariagonzalezsanemeteri7904
    @anamariagonzalezsanemeteri79044 ай бұрын

    Pero apliquen y sancionen, estan tan atrasados que nunca hay justicia

  • @mariavillanueva9721
    @mariavillanueva97213 ай бұрын

    Estoy de acuerdo con Ana María.

  • @ulisesfloressanchez7316
    @ulisesfloressanchez73163 ай бұрын

    No hay responsabilidad extracontractual, sino el incumplimiento de un deber jurídico-obligación contenido en una norma. El daño moral va en razón de reparar la parte no pecuniaria del patrimonio de las personas integrado por los derechos de la personalidad. Para ambos temas leer a Ernesto Gutiérrez y González, "Derechos de las Obligaciones" y "El Patrimonio", editados por Porrúa.

  • @a.g.s.6248
    @a.g.s.62484 ай бұрын

    tema importante

  • @santiagoenriqueloza956
    @santiagoenriqueloza9564 ай бұрын

    💯💯💯

  • @a.g.s.6248
    @a.g.s.62484 ай бұрын

    Estamos atrasados en Mexico en este tema, somos nuevos aun en reparacion del daño?

  • @gilbertogarcia3168

    @gilbertogarcia3168

    9 күн бұрын

    Si

  • @UlisesOrozco
    @UlisesOrozco4 ай бұрын

    Súper interesante! Una duda: le dejaron libertad de jurisdicción al Colegiado para interpretar el artículo y revertir la carga de la prueba, por lo que entendí en la parte final. Pero no necesariamente va a llegar a una conclusión diversa, o si? Espero me pueda orientar.

  • @LuisGarcia-wo7cz
    @LuisGarcia-wo7cz4 ай бұрын

    Uf, Irlanda mi amor ❤