Un agradecimiento al Doctor Carlos Alberto Colmenares
@user-jz2wk1pm4tАй бұрын
Doctora buena explicación en el área psicológica ❤
@user-pg6we4sg6l2 ай бұрын
Me encanta verla así toda mexicanota xq su cara es como de Oaxaqueña aunque vaya a España y quiera hasta hablar como española y vestir.como ellos, se ve muy ridícula Dra.y además siempre hablando de derecho comparado pero poco entiende de eso 😅
@user-pg6we4sg6l2 ай бұрын
aquí, la Dra todavía aceptaba su nacionalidad mexicana, no como ahora que la pobre ya hasta imita la vestimenta y el tono de voz de los españoles, es una tristeza, ver que un español, jamás traerá un sombrero para hacerse parecer a un mexicano o hablando como tal...
@copernicokp635629 күн бұрын
Es una mujer extraordinariamente inteligente. En tal sentido, entre sus muchas capacidades es capaz de manejar maravillosamente el lenguaje, incluyendo la pronunciación y acento. Ojalá hablase como los españoles, porque aquí, en España, ya pocos saben hablar, y es maravilla y admiración escuchar a hispanoamericanos.
@luisguillermoramosjimenez78222 ай бұрын
Cualquier manifestación de ética y moral que venga de donde venga es bien venida, el comentario de este señor lo presenta presuntamente como los inmorales que hay que estirpar de la rama judicial.
@greciagarciaarango52563 ай бұрын
Ante quien se apela después de sentencia segunda instancia consejo de Estado
@greciagarciaarango52563 ай бұрын
La revisión de la decisión en segunda instancia da cabida a precedentes juridicos
@calpave95175 ай бұрын
Lamentamos desde Colombia el fallecimiento de este gran jurista.
@fabianlopez33896 ай бұрын
Es importante tener en cuenta en el proyecto original lo siguiente: contra el mandamiento de pago debe proceder recurso de apelación, contra la sentencia o laudo ejecutivo también y el ejecutado no debe pagar honorarios. Si uno compara el trámite procesal contra el arbitramento ejecutivo, este último tiene muchas desventajas frente a una defensa judicial. Si yo soy deudor, y suscribo un pacto arbitral ejecutivo cerceno mi defensa. Es colocar al deudor contra la espada y la pared. Sin apelación y con costos para que lo embarguen. No hay equilibrio. Sirve, siempre y cuando tengamos una lista publica de árbitros, que proceda la apelación y que el deudor no tenga que pagar honorarios de arbitraje. De lo contrario, eso solo es bueno para el.acreedor, y el deudor que estando sin salidas, va preferir acudir a una insolvencia empresarial y suspende este proceso. Bien interesante el proyecto, pero no veo que garantías tienen los demandados deudores y cuáles son las ventajas frente a un ejecutivo tradicional. Si esto.no se modifica, será una ley muy ventajosa para los acreedores y empresas prestamistas, incluso sector financiero, en detrimento del usuario y deudor. Son puntos para discutir y reflexionar creo. Con profundo cariño y respeto. Mil y mil gracias por el espacio
@saulmorenovesga89356 ай бұрын
Si se equivoca la Corte, por qué no los sindicalistas de a pie.
@saulmorenovesga89356 ай бұрын
Diapositivas institucionales o su formato.? En últimas la corte se equivocó?
@fabianlopez33897 ай бұрын
EXCELENTE, EXCELENTE, MUCHAS GRACIAS, MI RESPETO, GRATITUD Y AMIRACIÓN
@mariosalazarsala7 ай бұрын
Excelente conferencia de la dra. Carmen, muy clara y precisa en sus conceptos, me encantan sus conferencias.
@yeisonvargasbermudez278 ай бұрын
Que palabras tan vacias viniendo de la Dr Prescripcion. eya sabe que no solo se debe guiar por la norma sino por la plata.
@jaimealonso62098 ай бұрын
Saludos.!!!
@freddyreyes38118 ай бұрын
Pregunta. frente al hecho de la caución y ante la posibilidad de ejecutar la misma ante el garante, es decir ´´La aseguradora´´ y ante quien la otorgo. la actividad de cobro se puede adelantar ante quien presto cuando la garantía de la póliza sea muy restrictiva sin embargo, este ultimo podrá llamar en garantía a la aseguradora. lo que en efecto nos llevaría al mismo sitio? máxime bajo el entendido de quien paga la caución lo hace en favor de resguardar sus interés en el proceso y para proteger su patrimonio.
@aliciaramirez126210 ай бұрын
Buenos días cuando estara en servicio para Bogota
@user-di9sj3zs6l10 ай бұрын
El audio.
@raquelvanessalopezpadilla676210 ай бұрын
Saludos dese Nicaragua
@manuelveira641110 ай бұрын
El Samai nunca funciona. Que lastima.
@patriciavelandia633311 ай бұрын
Nuestra próxima fiscal ❤❤
@luissalamanca8551 Жыл бұрын
Excelente 👏👏👏ICDP
@leidysarmiento1028 Жыл бұрын
Me gustaría saber dónde puedo encontrar la ponencia escrita, muchas gracias!!
@kevinmartinez1642 Жыл бұрын
Aparte de aprender, me enamoré
@arnulfocarmona9760 Жыл бұрын
Cuando habla la doctora de topes de las victimas en la salud que quedaron con dicapasida superior al 5o% calificada por el gobierno,de cuanto es el monto.
@johanagarcia1497 Жыл бұрын
Que placer produce escucharlo. Toda mi admiración y respeto.
@isacastaneda Жыл бұрын
Doctor muchas gracias me sirve mucho para ir penetrando este arduo camino de derecho probatorio
@federicofedweixo1336 Жыл бұрын
Este señor fue director del Das. ?????
@AndreaMZapataRest Жыл бұрын
Muchas gracias Doctor.
@jeffersonromero8087 Жыл бұрын
Doctor buen día me pude regalar un número telefónico gracias
@heilerpalacios1330 Жыл бұрын
Brillante maestro rosarista, muy claro y profundo en sus análisis.
@luismiguelhernandezgarcia2525 Жыл бұрын
EXCELENTE SE DEBE FORTALECER EN PLANTA EN FUNCIONARIOS PUBLICOS, PERO SE DEBE TENER ESPECIAL ATENCIÓN ES QUE ESTOS SEAN LOS MÁS CUALIFICADOS PERSONAL Y ACADEMICAMENTE HABLANDO.
@carlosandresgomezbustos1537 Жыл бұрын
Gracias Dr., excelente conferencia, muy puntuales y claros los comentarios
@alexandersajonapereira8411 Жыл бұрын
Si el proceso falla a favor del tercero de buena fe, se tiene derecho a demandar al estado para que indemnice por daños y perjuicios Morales, económicos y vulnerar derechos fundamentales?
@victorbazalar Жыл бұрын
Maravillosa exposición, felicitaciones Carmen Vasquez.
@mafesibanez1001 Жыл бұрын
Mi profe ❤️❤️❤️de la UA, ¡de medios probatorios!
@newmanbaezmartinez8121 Жыл бұрын
Excelente 👌 conferencia
@elizabethrubiano3730 Жыл бұрын
Gracias por tan privilegiada oportunidad. Saludos desde Venezuela
@arielracines9642 Жыл бұрын
q vaina con ese gobierno es una mierda
@CarolinaMontoyaL Жыл бұрын
Gracias Maestro! Es como un decálogo del buen juez. Saludos desde Medellín
@ofelialargo8561 Жыл бұрын
TOTAL APOYO A NUESTRO SABIO HUMANO MINISTRO INTELIGENTE NESTOR OSUNA PAZ TOTAL APOYO NO MAS CÁRCELES EDUCACION EN VEZ DE ENCERRAR
@enythelvirabarreraestrada1286 Жыл бұрын
Muchas Gracias doctor excelente clase!
@HUYYYYYYYYYYYYY Жыл бұрын
EXCELENTE EVENTO
@bibianaorlandogomez8299 Жыл бұрын
El maestro eres tu
@jeisoncortes4830 Жыл бұрын
Es grato poder escuchar esta excelsa conferencia.
@ubajoa1 Жыл бұрын
Excelente análisis
@strategy36 Жыл бұрын
El expositor ha litigado algún caso en su vida? Creo que la respuesta es obvia. Hablar sobre práctica probatoria sin jamás haber examinado un testigo es muy fácil. Los académicos de salón lo resuelven muy fácil todo y en sus libros les ajusta todo a la perfección, claro: sin un ápice de realidad. El no se atreve a decirlo, pero el ideal de esta corriente es que sea un sicólogo forense el que se encierre a solas con el testigo a interrogarlo para que ahí si se sepa “la verdad”. Sobra el juez, sobran los abogados y también sobra el derecho de las partes a examinar a los testigos, no vaya a ser que los “contaminen”, se confundan y no sepan distinguir que saben y que no saben. El tema es que eso de examinar directamente a los testigos es un derecho básico, más a allá y a pesar de toda la Sicologa jurídica del Mundo. En el fondo subyace a esta postura una actitud muy ingenua e idílica sobre la naturaleza humana. Entendible en personas que toda su vida se han dedicado a leer y escribir encerrados en bibliotecas, con un escaso contacto con el mundo real, la gente, la experiencia diaria, el amor, el odio, las flaquezas y divinidades de la naturaleza humana y la multifacética realidad de la vida misma. Me pregunto si en su vida diaria estas personas también necesitan un sicólogo para aprender a descifrar a sus interlocutores…
@monicaruiz3116 Жыл бұрын
Que buen tema... Los jueces permiten que exista un proceso de resocializacion algo difícil pero que la politica criminal lo exige... Que buen trabajo...
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Un agradecimiento al Doctor Carlos Alberto Colmenares
Doctora buena explicación en el área psicológica ❤
Me encanta verla así toda mexicanota xq su cara es como de Oaxaqueña aunque vaya a España y quiera hasta hablar como española y vestir.como ellos, se ve muy ridícula Dra.y además siempre hablando de derecho comparado pero poco entiende de eso 😅
aquí, la Dra todavía aceptaba su nacionalidad mexicana, no como ahora que la pobre ya hasta imita la vestimenta y el tono de voz de los españoles, es una tristeza, ver que un español, jamás traerá un sombrero para hacerse parecer a un mexicano o hablando como tal...
Es una mujer extraordinariamente inteligente. En tal sentido, entre sus muchas capacidades es capaz de manejar maravillosamente el lenguaje, incluyendo la pronunciación y acento. Ojalá hablase como los españoles, porque aquí, en España, ya pocos saben hablar, y es maravilla y admiración escuchar a hispanoamericanos.
Cualquier manifestación de ética y moral que venga de donde venga es bien venida, el comentario de este señor lo presenta presuntamente como los inmorales que hay que estirpar de la rama judicial.
Ante quien se apela después de sentencia segunda instancia consejo de Estado
La revisión de la decisión en segunda instancia da cabida a precedentes juridicos
Lamentamos desde Colombia el fallecimiento de este gran jurista.
Es importante tener en cuenta en el proyecto original lo siguiente: contra el mandamiento de pago debe proceder recurso de apelación, contra la sentencia o laudo ejecutivo también y el ejecutado no debe pagar honorarios. Si uno compara el trámite procesal contra el arbitramento ejecutivo, este último tiene muchas desventajas frente a una defensa judicial. Si yo soy deudor, y suscribo un pacto arbitral ejecutivo cerceno mi defensa. Es colocar al deudor contra la espada y la pared. Sin apelación y con costos para que lo embarguen. No hay equilibrio. Sirve, siempre y cuando tengamos una lista publica de árbitros, que proceda la apelación y que el deudor no tenga que pagar honorarios de arbitraje. De lo contrario, eso solo es bueno para el.acreedor, y el deudor que estando sin salidas, va preferir acudir a una insolvencia empresarial y suspende este proceso. Bien interesante el proyecto, pero no veo que garantías tienen los demandados deudores y cuáles son las ventajas frente a un ejecutivo tradicional. Si esto.no se modifica, será una ley muy ventajosa para los acreedores y empresas prestamistas, incluso sector financiero, en detrimento del usuario y deudor. Son puntos para discutir y reflexionar creo. Con profundo cariño y respeto. Mil y mil gracias por el espacio
Si se equivoca la Corte, por qué no los sindicalistas de a pie.
Diapositivas institucionales o su formato.? En últimas la corte se equivocó?
EXCELENTE, EXCELENTE, MUCHAS GRACIAS, MI RESPETO, GRATITUD Y AMIRACIÓN
Excelente conferencia de la dra. Carmen, muy clara y precisa en sus conceptos, me encantan sus conferencias.
Que palabras tan vacias viniendo de la Dr Prescripcion. eya sabe que no solo se debe guiar por la norma sino por la plata.
Saludos.!!!
Pregunta. frente al hecho de la caución y ante la posibilidad de ejecutar la misma ante el garante, es decir ´´La aseguradora´´ y ante quien la otorgo. la actividad de cobro se puede adelantar ante quien presto cuando la garantía de la póliza sea muy restrictiva sin embargo, este ultimo podrá llamar en garantía a la aseguradora. lo que en efecto nos llevaría al mismo sitio? máxime bajo el entendido de quien paga la caución lo hace en favor de resguardar sus interés en el proceso y para proteger su patrimonio.
Buenos días cuando estara en servicio para Bogota
El audio.
Saludos dese Nicaragua
El Samai nunca funciona. Que lastima.
Nuestra próxima fiscal ❤❤
Excelente 👏👏👏ICDP
Me gustaría saber dónde puedo encontrar la ponencia escrita, muchas gracias!!
Aparte de aprender, me enamoré
Cuando habla la doctora de topes de las victimas en la salud que quedaron con dicapasida superior al 5o% calificada por el gobierno,de cuanto es el monto.
Que placer produce escucharlo. Toda mi admiración y respeto.
Doctor muchas gracias me sirve mucho para ir penetrando este arduo camino de derecho probatorio
Este señor fue director del Das. ?????
Muchas gracias Doctor.
Doctor buen día me pude regalar un número telefónico gracias
Brillante maestro rosarista, muy claro y profundo en sus análisis.
EXCELENTE SE DEBE FORTALECER EN PLANTA EN FUNCIONARIOS PUBLICOS, PERO SE DEBE TENER ESPECIAL ATENCIÓN ES QUE ESTOS SEAN LOS MÁS CUALIFICADOS PERSONAL Y ACADEMICAMENTE HABLANDO.
Gracias Dr., excelente conferencia, muy puntuales y claros los comentarios
Si el proceso falla a favor del tercero de buena fe, se tiene derecho a demandar al estado para que indemnice por daños y perjuicios Morales, económicos y vulnerar derechos fundamentales?
Maravillosa exposición, felicitaciones Carmen Vasquez.
Mi profe ❤️❤️❤️de la UA, ¡de medios probatorios!
Excelente 👌 conferencia
Gracias por tan privilegiada oportunidad. Saludos desde Venezuela
q vaina con ese gobierno es una mierda
Gracias Maestro! Es como un decálogo del buen juez. Saludos desde Medellín
TOTAL APOYO A NUESTRO SABIO HUMANO MINISTRO INTELIGENTE NESTOR OSUNA PAZ TOTAL APOYO NO MAS CÁRCELES EDUCACION EN VEZ DE ENCERRAR
Muchas Gracias doctor excelente clase!
EXCELENTE EVENTO
El maestro eres tu
Es grato poder escuchar esta excelsa conferencia.
Excelente análisis
El expositor ha litigado algún caso en su vida? Creo que la respuesta es obvia. Hablar sobre práctica probatoria sin jamás haber examinado un testigo es muy fácil. Los académicos de salón lo resuelven muy fácil todo y en sus libros les ajusta todo a la perfección, claro: sin un ápice de realidad. El no se atreve a decirlo, pero el ideal de esta corriente es que sea un sicólogo forense el que se encierre a solas con el testigo a interrogarlo para que ahí si se sepa “la verdad”. Sobra el juez, sobran los abogados y también sobra el derecho de las partes a examinar a los testigos, no vaya a ser que los “contaminen”, se confundan y no sepan distinguir que saben y que no saben. El tema es que eso de examinar directamente a los testigos es un derecho básico, más a allá y a pesar de toda la Sicologa jurídica del Mundo. En el fondo subyace a esta postura una actitud muy ingenua e idílica sobre la naturaleza humana. Entendible en personas que toda su vida se han dedicado a leer y escribir encerrados en bibliotecas, con un escaso contacto con el mundo real, la gente, la experiencia diaria, el amor, el odio, las flaquezas y divinidades de la naturaleza humana y la multifacética realidad de la vida misma. Me pregunto si en su vida diaria estas personas también necesitan un sicólogo para aprender a descifrar a sus interlocutores…
Que buen tema... Los jueces permiten que exista un proceso de resocializacion algo difícil pero que la politica criminal lo exige... Que buen trabajo...
Excelente temática ✔️⚖️
Excelente explicacion, temas concretos