Hi, I'm Daniel Lopera and I want to tell you a little about myself and this channel, I am a lawyer specialized in procedural law and a master's degree in family law and of course I am an university professor.
This channel was created thanks to the pandemic and its intention was to upload the classes it gave so that students who for some reason could not connect would not miss the class and could access the material later, however, given the surprising reception of the channel (already we are 10,000!!!!) I intend to create a forum for consultation and updating not only for students but also for colleagues.
Thanks for visiting and wait for new things on the channel.
Пікірлер
Prefiero mirar sus clases, que la de la profesora prepotente que me tocó este semestre.
Excelente clase!
profesor encantado con el contenido, en mi caso lo estoy viendo como derecho comparado por estar en venezuela, pero fue bastante enriquecedor
Buenos días. ¿Profe novacion y transacción no es lo mismo?
También quería preguntar si se pueden decretar medidas previas de embargo y secuestro de mejoras sin demostrar q las hicieron los cónyuges en un proceso de liquidación de sociedad o yucal cuando el inmueble está a nombre de un tercero
Excelente explicación de Daniel me pregunto si se debe por vía de reposición solicitar q se cambie la concreción del recurso en cuanto al efecto y si se puede de devolutivo a diferido
Muchas gracias por compartir sus clases. (Recordatorio competencia, explicación causales)
Gracias 🙏🏼 (UMH, diferencia entre nulidad y divorcio (140), tipos de cáusales )
Profe buen día, si queremos cederle el porcentaje que nos corresponde a mi mama y que ella se quede con la casa, se puede hacer por la modalidad de donación? ... Es que si lo cedemos nos dicen que tenemos que declarar renta por ganancia ocasional. Muchas gracias por la respuesta
Por que la masa se tiene que partir en dos? habiendo tres hijos, cuanto sería lo de libre disposición ?
Competencia, límites de la repartición, tipos, elementos 1090 a 1096
❤profe eres un sol. Desde la UCC Pasto
POR FAVOR....PARA MUNDO GENERAL .....recuerden que el 99.99% de la humanidad mínimo sufre de míopia .LO DIGO POR LA LETRICA EN TODA PIZARRA tablero en todo el mundo en general es muy pequeñita...
EXCELENTE CLASE
mil y mil gracias, eres lo maximo bendiciones
Muchas. Grácias Doctor por esa conferencia tan importante déjese su número
❤❤❤
Doctor buenas noches. Que mecanismo judicial puede proceder cuando unas personas que no son herederos y mucho menos acreedores realizan una sucesión?
Gracias profesor.
saludos desde Pasto, genial su manera de explicar
Yo vendre a agradecer, la proxima semana tendre mi preparatorio de procesal y a usted doctor daniel le agradezco por este material.
Doctor muchas, gracias sus clases con muy buenas, agradezco mucho sus enseñanzas.
dr. buenas noches, usted tiene algun video que amplie el tema de desconocimiento del documento, pues no se que sea mejor cuando una letra se la adjudican a un causante. pues aparecio con fecha de dos años antes de la muerte y la presentaron seis meses desúes de fallecido ..que hacer??ante esto
Gracias profesor
Me encantan estas explicaciones, super buenas, gracias Doctor, son excelentes.
La notificacion personal se realica conforme al 291 y 292 del CGP, pero que se adjunta a esa notificacion ? el auto donde admitie el inerogatrio no menciona fecha ni hora para la audiencia, solo indica: La citación de los absolventes al interrogatorio será señalado no menos de cinco (5) días siguientes a la notificación personal de esta providencia, quiere decir que debo notificar solo este auto y que pasa con el auto donde señala la fecha? como se enteran los abolventes ? gracias Doctor
Además por experiencia no creo en la justicia Colombiana y creo que los jueces y abogados deben luchar por los derechos de sus clientes
Si ni siquiera son hermanos ni medios y se llevan todo
Me encantó escuchar que a alguien le importa la justicia estoy viviendo está situación y ni siquiera heredan ya que buscaron documentos para lograr la herencia que solo le pertenecía a mi padre pero no podemos demostrarlo ya que hicieron bien la maldad
Dt se puede hacer capitulaciones por el 50 porciento que le corresponde a la viuda sin hacer juicio de sucesión por qué quiero casarme y los herederos no tienen dinero para hacer este juicio
Excelente doctor bendiciones
En Santander hay Tribunal de Bucaramanga y Tribunal de San Gil. No hay Tribunal de Santander
Gracias por la claridad en la ponencia
Gracias doctor Lopera
EXCELENTE; MEJOR NI EMPAIPA; Que bendición!!
Muy buena explicación, muchas gracias. Saludos desde Perú
Dr, pero antes de la ley1934 de 2018
Dr como se maneja lo de las copias autenticas, el día de hoy que todo es por correo.
Y los abuelos no heredan ? A falta de los padres, no heredar los abuelos? Feliz noche doctor.
Y en acción de tutela cual es el término?
Profe si éxiste alguna posibilidad que pueda apoyarme con una consulta de un caso, que estoy llevando, esta enmarcado en la causal 3 del art 355 cgp, le agradezco pueda responder mi solicitud en LinkedIn y charlar, muchas gracias por su buena explicación.
Excelente como siempre Doc
Si una de las partes no está de acuerdo con el valor de los bienes?
Y si no quieren reconocer los bienes.porque está a nombre de la compañera permanente
Enano Capado para mí 🤣
Que buen profesor, ojalá todos fueran así.
Estimado Dr. Muchas gracias por tan excelente explicación.
Jamas habia disfrutado tanto de estudiar desde que conoci a este docente.
Soy abogada titulada y me encanta como explica de bien los temas a sus alumnos. he despejado muchas dudas que me asistían en cuanto a la reconvención. felicitaciones.
Doc. Felicitaciones muy agradecida por tan excelentes clases; mil gracias por despejar todas las dudas; bendiciones