El Procedimiento Abreviado Contencioso-Administrativo.

El Procedimiento abreviado C-A, es un procedimiento de tramitación abreviada y basado en los principios de oralidad, cuyo trámite esta previsto para aquellas materias de cuantía limitada así como para algunas otras cuestiones que seguidamente analizamos.
En la estructura del procedimiento se observan únicamente tres fases; si bien, en la modificación introducida por la Ley 37/2011, la segunda de ellas - la vista - puede ser renunciada por las partes. Veamos:
- Un escrito iniciador del proceso que adoptará siempre la forma de demanda.
- Salvo que las partes renuncien a ella, se celebrará una Vista oral en la que, con base en los principios de inmediación y contradicción se plantearán y resolverán todas las cuestiones previas, se practicará la prueba y se emitirán las conclusiones por las partes.
- La fase decisoria, en la que el Juez dictará sentencia.
Su regulación la encontramos en el largo artículo 78 de la Ley 29/1998.

Пікірлер: 5

  • @ineslendineztorres1664
    @ineslendineztorres1664 Жыл бұрын

    Excelente video! Muchisimas gracias Alfredo! Eres un grandísimo comunicador! 😊

  • @jesustorrescastro4256
    @jesustorrescastro42565 ай бұрын

    Interés máximo gracias

  • @mariacintatena6042
    @mariacintatena6042 Жыл бұрын

    muy clarificador, gracias por el video!!

  • @eiroa.alfredo

    @eiroa.alfredo

    Жыл бұрын

    Gracias por pasarte y comentar.

  • @Joseantonio-nw4dx
    @Joseantonio-nw4dx8 ай бұрын

    Hola Alfredo,no me queda claro las distintas actas de l letrado de la administración de justicia, según la forma de garantizar lo grabado o reproducido en las vistas?

Келесі