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EL JUICIO SUCESORIO CONFORME AL NUEVO CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES
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/ @carloslang
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Genial ahora el proceso de otorgamiento y firma de escritura con el nuevo sistema
Que pasa cuando se acumulan dos denuncias (una por parte del padre y otra por la madre) sobre un solo bien. En un proceso se llevó por la vía tradicional y el otro por vía especial… El juzgado al ver que era la misma masa hereditaria los acumuló pero pide que se tienen que poner en el mismo estado procesal… ¿Cómo se hace esto?
Excelente información.
❤❤❤
Excelente. Muchas gracias. Me ha salvado. Saludos y mucha suerte. Perdón, me parece que entrará en vigencia hasta el año 2027, ya me había asustado por mi ignorancia. Creo que entonces de momento seguimos igual. saludos y suerte.
@juanangelhernandez8677
Жыл бұрын
En el caso de las Entidades Federativas, el presente Código Nacional, entrará en vigor en cada una de éstas de conformidad con la Declaratoria que al efecto emita el Congreso Local, previa solicitud del Poder Judicial del Estado correspondiente, sin que la misma pueda exceder del 1o. de abril de 2027. La Declaratoria que al efecto se expida, deberá señalar expresamente la fecha en la que entrará en vigor el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, y será publicada en el Diario Oficial de la Federación y en los Periódicos o Gacetas Oficiales del Estado, según corresponda.
Excelente información, muchas gracias. ¿Saben si hubo cambios en particular sobre alguna de las 4 etapas?
Excelente licenciado...como quedan las etapas del mismo?... gracias
Por lo que he leido, ya entro en vigor a partir del mes de junio de este año 2023, al menos en la cdmx. Al igual que el juicio PRO FORMA