El CUCHILLERO de la SUPERVIVENCIA

No hace falta ir con los cuchillos al descubierto o sobre el pecho o en la cintura, no hace falta agarrar miedo a la gente que pasea por la montaña.
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Пікірлер: 6

  • @jesusdiaz7895
    @jesusdiaz7895 Жыл бұрын

    Bien dicho!!!!!👍

  • @josemanuelpedrajofernandez4556
    @josemanuelpedrajofernandez4556 Жыл бұрын

    Totalmente de acuerdo 👏, por cosas así otros lo sufrimos y lo pagamos por personas que encima no saben ni lo que llevan.

  • @cecilioperez6081
    @cecilioperez6081 Жыл бұрын

    Muy correcto lo que dices, aparte de la imagen que das, no muy buena, te expones a la sanción y que te requisen el cuchillo, si no aprenden por las buenas será por las malas, el cuchillo siempre en la mochila. Un saludo y como siempre un buen video. 👌

  • @eduardoigea6814
    @eduardoigea6814 Жыл бұрын

    En España llevar un cuchillo al monte es siempre ILEGAL salvo para los cazadores de caza mayor como cuchillo de remate y solo mientras cazan. Y tal vez en el monte no te pillen o con suerte no te digan nada, pero como te paren y te lo pillen en un control de vuelta a casa creo recordar que son 600€ y adiós cuchillo. Para el resto solo está permitido navaja hasta un máximo de 11cms de hoja. Eso dice el reglamento de armas. Quien tenga dudas que pregunte en intervención de armas de guardia civil.

  • @Adrian_Bowie

    @Adrian_Bowie

    9 ай бұрын

    Disculpa, pero ¿dónde dice exactamente el reglamento de armas que los cuchillos están prohibidos? Yo por más veces que lo he consultado no encuentro ese párrafo... Por ejemplo, apartado de armas prohibidas: - Armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la oportuna autorización de modelo o prototipo. - Armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas. - Pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín. - Armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos. - Armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto. - Bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda. - Armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas. - Defensas de alambre o plomo, los rompecabezas, las llaves de pugilato, con o sin púas, los tiragomas y cerbatanas perfeccionados, los munchacos y xiriquetes; así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas. Y si nos vamos al apartado de cuchillos, machetes y armas blancas: "También se prohíbe el uso a particulares de cuchillos, machetes y demás armas blancas que formen parte de armamentos debidamente aprobados por autoridades u organismos competentes. Su venta requerirá la presentación y anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos." Por cierto, eso de adiós cuchillo, tampoco es correcto; En este caso, si un policía te requisa y propone para sanción por la portación de un cuchillo, porque considere que eres un peligro con el mismo, siempre tendrá que entregarte un recibo con la descripción del objeto requisado, el cual, una vez pagada la multa o recurrida, siempre tendrán la obligación de devolverlo, solo debes ir a la intervención donde esté alojado con el justificante expedido. Un saludo