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EL CROSSCONSTITUCIONALISMO - Tribuna Constitucional 88 - Guido Aguila Grados
El Crossconstitucionalismo o Transconstitucionalismo es la práctica de las Cortes y Tribunales Constitucionales de utilizar teorías y fundamentos de jurisprudencia foránea para resolver casos nacionales. A priori, no es que sea un ejercicio negativo, pero si no existe necesidad de hacerlo y si no se colocan filtros de adecuación a la realidad del país que los importa se transforma en una costumbre nociva para el Derecho Constitucional de un país.
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Muchas gracias doctor por su gran aporte, una consulta como se llama aquel libro que usted menciona sobre que Europa crea el derecho y solo América Latina son estados de recepción.
@TribunaConstitucional
4 жыл бұрын
Muchas gracias por participar de "Tribuna Constitucional". El texto es "La Teoría Impura del Derecho" del colombiano Diego López Medina. Un fuerte abrazo...!!!
Cierto nuestros juristas deben deben de cumplir un papel mas activo descubriendo el derecho acorde a nuestra cultura, usos y costumbres que tomando un papel pasivo de otras culturas ,otros usos y por ultimo otras costumbres.