Autoría y participación en la Omisión

Problemas de autoría y participación en los delitos omisivos.

Пікірлер: 33

  • @francomeloni7598
    @francomeloni75983 жыл бұрын

    Me vi en unos días todos los videos de la lista de reproducción de "teoría del delito" y debo decir que es realmente admirable su capacidad para explicar temas y su gran conocimiento de la materia. Muchas gracias por este excelente aporte, me ha sido muy útil para seguir preparando mi examen de derecho penal 1 que debo rendir próximamente. Reitero, gracias por su aporte.

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    3 жыл бұрын

    Muchas gracias Franco, por el comentario Y éxitos !!

  • @marcelocenteno3444
    @marcelocenteno34443 жыл бұрын

    Muy bueno doctor...como nos tiene acostumbrados...gracias por todos sus aportes y claridad en temas tan discutidos en dogmática¡¡¡¡

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    3 жыл бұрын

    Gracias por el comentario, Marcelo

  • @gabrielaluque797
    @gabrielaluque7973 жыл бұрын

    Gracias profe graciassssss!!!!! Gracias a su aporte aprobe en condicion de libre con 6 penal I en la UNC!!!!! GRACIAS!!!!! un genioooo

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    3 жыл бұрын

    Felicitaciones Gabriela!! Gracias por comentar!

  • @67pizarro
    @67pizarro3 жыл бұрын

    Sería bueno contar ahora. Con unos vídeos sobre resolución de casos. Sería una linda materia para ir aplicando y viendo cómo se expresa y aplica la teoria

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    3 жыл бұрын

    Así es, Cristian. La teoría se estudia para la resolución de casos. Es lo que hacemos en las clases en mis cursos: resolver los casos dados previamente, discutiendo y argumentando las soluciones. Lamentablemente no puedo subir las clases porque debería tener la conformidad de todos. Lo que se puede hacer es algunos videos explicando los puntos más importantes para encarar la resolución de casos, y luego algunas resoluciones como ejemplos. Gracias por comentar.

  • @67pizarro

    @67pizarro

    3 жыл бұрын

    @@gonzalojaviermolina2503 sería excelente. Tal vez un vivo en You tube... Todo de casos prácticos

  • @jorgeomarmaciasparraga1656
    @jorgeomarmaciasparraga16563 жыл бұрын

    Excelente explicación, ,

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    3 жыл бұрын

    Gracias por comentar, Jorge

  • @coronelanonimo9916
    @coronelanonimo99163 жыл бұрын

    Magistral

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    3 жыл бұрын

    Gracias por comentar!!

  • @fl3829
    @fl3829 Жыл бұрын

    Estimado Colega: Agradecerle por la calidad y precisión con la que desarrolla cada tema es poco, pero es lo que corresponde por su dedicación y tiempo en cada exposición. Desde ya, MUCHAS GRACIAS! Podría escribir el nombre del autor que menciona en el Minuto 9:10?

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    Жыл бұрын

    Gracias por comentar!

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    Жыл бұрын

    Hans Jescheck

  • @PawMendi
    @PawMendi3 жыл бұрын

    Buenas tardes Dr le hago una consulta: que sucede con los instigadores de delitos que son justificados? Por ejemplo: una persona instiga el delito de encubrimiento, los autores creen encubrir un delito de homicidio pero en realidad ese homicidio está justificado por legítima defensa. Igualmente responderían por instigacion o queda atípica su conducta? Muchas gracias por siempre responder mis preguntas

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    3 жыл бұрын

    Si la conducta está justificada, entonces no es delito. Ni siquiera es un ilícito. Por ese motivo quien lo instiga o colabora no puede ser partícipe. Esto es consecuencia de la accesoriedad de la participación criminal.

  • @mariavictoriaperezsampallo8930
    @mariavictoriaperezsampallo89303 жыл бұрын

    Doctor, clarísimas sus explicaciones; realmente ayudan a comprender con mayor facilidad las diversas temáticas. Le hago una consulta por una dificultad que tengo vinculada a la omisión y responsabilidad colectiva. Cuando hay una omisión de adoptar medidas para neutralizar un riesgo existente, la cual es resultante de una decisión adoptada por votación de varios intervinientes en un órgano colegiado ( se tenía que votar la aprobación de un presupuesto para colocar una reja - necesaria para evitar resultado lesivo- y por mayoría se rechazó la propuesta), cómo sería la imputación de responsabilidades por esta omisión, en función de los que votaron en contra y a favor???

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    3 жыл бұрын

    Victoria: ya lo habíamos comentado. Es difícil afirmar que exista en ese caso, una situación típica que genere un deber de actuar. Hacer una piscina no obliga a colocar rejas, excepto que exista algún motivo muy especial, como por ejemplo: se la construye en un jardín de infantes, o en un hogar de personas no videntes. Pero no creo que sea una omisión típica no votar a favor de colocar rejas. Excepto que se haya declarado un riesgo especialmente relevante más allá del riesgo permitido que significa la existencia de la piscina.

  • @mariavictoriaperezsampallo8930

    @mariavictoriaperezsampallo8930

    3 жыл бұрын

    @@gonzalojaviermolina2503 sí doctor. Recuerdo lo que me dijo anteriormente (y de hecho me hizo cambiar bastante de opinión). El tema es que en el caso sí se declaro un riesgo desaprobado. De ahí mi duda acerca de la manera de cómo diferenciar la responsabilidad de los que votaron en contra o a favor en la votación siendo que, en definitiva, es una voluntad única la que expreso el órgano.

  • @dulcecaballero1257
    @dulcecaballero125711 ай бұрын

    Se escucha muy bajo 😢

  • @luriva9656
    @luriva9656 Жыл бұрын

    6:42 13:55

  • @antonelareale1624
    @antonelareale16242 жыл бұрын

    Buenas tardes, por favor, será tan amable de decirme brevemente que es responsabilidad por organizacion y responsabilidad por institución?

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    2 жыл бұрын

    Antonela: es una clasificación de G. Jakobs referidas a las fuentes de las obligaciones y responsabilidad penal. R. por Organización se refiere a las fuentes generadoras según la organización social: el ámbito propio no debe generar consecuencias dañosas a los demás. Ejemplo: responsabilidad por injerencia. R. por Institución serían las fuentes que surgen de acuerdo a las instituciones consolidadas en la sociedad. Ejemplo: relación de paternidad, matrimonial. De acuerdo a esas instituciones, tenemos obligaciones con otras personas. Si tenés acceso a alguna biblioteca, en mi libro "Delitos de omisión impropia" (Edit. Rubinzal Culzoni, 2014, pág. 322 y sgtes) tendrás más explicación. Saludos

  • @antonelareale1624

    @antonelareale1624

    2 жыл бұрын

    @@gonzalojaviermolina2503 señor es exactamente lo que necesitaba saber, ha sido muy claro, muchas gracias por tomarse tiempo en contestar mí duda.

  • @jorgeomarmaciasparraga1656
    @jorgeomarmaciasparraga16563 жыл бұрын

    Me gustaría pedirle un favor Dr, que si es posible enumere los vídeos.sobre.la.teoria del delito para encontrar el orden, muchas gracias

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    3 жыл бұрын

    Jorge: hay que seguir el orden de la lista de reproducción. Eso vale para todas las listas.

  • @monicarodrigues2250
    @monicarodrigues22502 жыл бұрын

    Buenas tardes, puede decirme, por favor, como puede entonces existir complicidad por omisión? Qué requisitos tienen que estar presentes para que la actuación del que omite sea considerada complicidad por omisión?

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    2 жыл бұрын

    Mónica: es un problema complejo el de resolver si puede haber participación (necesaria) o simple complicidad por omisión. No hay acuerdo total al respecto, pero quienes sostienen que puede haber participación por omisión, sostienen que ello puede ocurrir cuando el omitente si bien tiene posición de garante, por algún motivo no puede ser autor (por ejemplo, por no reunir los elementos especiales de autoría, o por tratarse de un delito de propia mano que no puede ejecutarse por omisión). Entonces, como no se lo puede considerar autor (por omisión) se lo considera partícipe. Ejemplo: el garante que no impide que otro viole a la víctima. (Juan no impide que Carlos viole a su hija -hija de Juan-). Otro ejemplo: el guardia no impide que el ladrón se lleva la cosa (el guardia es garante de la cosa, pero no realizó el apoderamiento). Para más detalles del tema, copio el link de acceso de una clase especial sobre el tema en el marco de un posgrado sobre delitos de omisión. kzread.info/dash/bejne/X4l2sap7e6qzgaQ.html

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    2 жыл бұрын

    Otros autores distinguen autoría/participación según la fuente de posición de garantía. Lo vas a ver en detalle en el video de la clase que paso en el link

  • @monicarodrigues2250

    @monicarodrigues2250

    2 жыл бұрын

    @@gonzalojaviermolina2503 Pero, si la persona no tiene el deber de garante, nunca puede ser participe por omisión? En este ejemplo, si Juan no fuera el padre de la victima, no podría ser responsable por ver a alguien violar otra persona e nada hacer para evitar el resultado? Muchas gracias por su ayuda

  • @gonzalojaviermolina2503

    @gonzalojaviermolina2503

    2 жыл бұрын

    @@monicarodrigues2250 No podría ser partícipe si no es garante. Sólo autor de un delito de omisión de auxilio, en caso de que esté en peligro la vida o integridad física.

Келесі